Tipos de licencias
Concepto:
Las licencias de software
pueden establecer entre otras cosas: la cesión de determinados derechos del
propietario al usuario final sobre una o varias copias del programa informático, los límites en la responsabilidad por fallos, el
plazo de cesión de los derechos, el ámbito geográfico de validez del contrato e
incluso pueden establecer determinados compromisos del usuario final hacia el
propietario, tales como la no cesión del programa a terceros o la no
reinstalación del programa en equipos distintos al que se instaló originalmente.
Licenciar un
Software:
"El procedimiento de conceder a otra persona o
entidad el derecho de usar un software con fines industriales, comerciales o
personales, de acuerdo a las cláusulas que en ella aparecen."
No es más
que obtener la determinada licencia o autorización que le permita el uso legal
de determinado programa, esta licencia es un documento bien sea electrónico, en
papel original o número de serie autorizado por el autor.
Usted
puede tener cualquier cantidad de programas instalados,
pero necesitará un documento o número de serie legal que le autorice su uso.
(Es lo mismo que por ejemplo para exportar productos en su país usted
necesitara de una licencia de exportación que
le suministre en ese caso, el estado)
Licencia de software de propietario
El
Software propietario es aquel cuya copia, redistribución o modificación están,
en alguna medida, prohibidos por su propietario. Para usar, copiar o
redistribuir, se debe solicitar permiso al propietario o pagar.

Licencia de software de dominio público
El
Software con dominio público es software sin copyright. Algunos tipos de copia
o versiones modificadas pueden no ser libres si el autor impone restricciones
adicionales en la redistribución del original o de trabajos derivados.

Licencia de software de semi libre
Aquél que
no es libre, pero viene con autorización de usar, copiar, Distribuir y
modificar para particulares sin fines de lucro.

Licencia de software libre
Proporciona
la libertad de
• Ejecutar
el programa, para cualquier propósito;
• Estudiar
el funcionamiento del programa, y adaptarlo a sus necesidades;
•
Redistribuir copias;
• Mejorar
el programa, y poner sus mejoras a disposición del público, para beneficio de
toda la comunidad.
Licencia de software de libre no protegido con copyleft
El software libre no protegido con copyleft viene desde
el autor con autorización para redistribuir y modificar así como para añadirle
restricciones adicionales. Si un programa es libre pero no protegido con
copyleft, entonces algunas copias o versiones modificadas pueden no ser libres
completamente. Una compañía de software puede compilar el programa, con o sin
modificaciones, y distribuir el archivo ejecutable
como unproducto privativo de software. El Sistema X Windows ilustra esto. El Consorcio X libera
X11 con términos de distribución que
lo hacen software libre no protegido con copyleft.
Si usted
lo desea, puede obtener una copia que tenga esos términos de distribución y es
libre. Sin embargo, hay versiones no libres también, y hay estaciones de trabajo populares y tarjetas gráficas para PC para las cuales versiones no
libres son las únicas que funcionan. Si usted está usando este hardware, X11 no es software libre para usted.

Licencia de software de Copyleft
El
software protegido con copyleft [3] es software libre cuyos términos de
distribución no permiten a los redistribuidores agregar ninguna restricción adicional
cuando éstos redistribuyen o modifican el software. Esto significa que cada
copia del software, aun si ha sido modificado, debe ser software libre.
Copyleft es un concepto general;
para proteger actualmente un programa con copyleft, necesita usar un conjunto
específico de términos de distribución. Hay muchas maneras posibles de escribir
términos copyleft de distribución.

Licencia de software de GPL
La
Licencia Pública General Reducida de GNU, o GNU LGPL para abreviar. Es una
licencia de software libre, pero no tiene un copyleft fuerte, porque permite
que el software se enlace con módulos no libres. Sólo la recomendamos para
circunstancias especiales.
Entre la
versión 2 y la 2.1, la GNU LGPL cambió su nombre de "Licencia Pública
General
para Bibliotecas de
GNU" a "Licencia Pública General Reducida de GNU", pues no es
sólo para bibliotecas

Licencia de software de Debian
La
licencia Debian es parte del contrato realizado entre Debian y la comunidad de usuarios de software libre, y se
denomina Debian Free Software Guidelines (DFSG). En esencia, esta licencia
contiene criterios para la distribución que incluyen, además de la exigencia de
publicación del código fuente: (a) la redistribución libre ;
(b) el código fuente debe ser incluido y debe poder ser redistribuido; (c) todo trabajo
derivado debe poder ser redistribuido bajo la misma licencia del original; (d)
puede haber restricciones en cuanto a la redistribución del código fuente, si
el original fue modificado; (e) la licencia no puede discriminar a ninguna
persona o grupo de personas, así como tampoco ninguna
forma de utilización del software; (f) los derechos otorgados
no dependen del sitio en el que el software se encuentra; y (g) la licencia no
puede 'contaminar' a otro software.
Open
Source. La licencia de Open Source Initiative deriva de Debian.

Licencia de software de BSD
La
licencia BSD cubre las distribuciones de software de Berkeley Software
Distribution, además de otros programas. Ésta es una licencia considerada
'permisiva', ya que impone pocas restricciones sobre la forma de uso,
alteraciones y redistribución
del
software. El software puede ser vendido y no hay obligaciones de incluir el código fuente. Esta
licencia garantiza el crédito a los autores del software pero no
intenta garantizar que las modificaciones futuras permanezcan siendo software
libre.

Licencia de software de MPL y derivadas
Este tipo
de licencias de Software libre son muy parecidas a las BSD, pero son menos
permisivas, aunque sin llegar a los extremos de las licencias GNU GPL, en las
que como hemos visto, si utilizas código GPL el desarrollo final tiene que estar licenciado GPL.

Licencia de software con copyleft
El termino
Copyleft se puede interpretar como Copia permitida, en contraposición a
Copyright, o Copia reservada (derechos de autor).
En el tema
que nos ocupa, se refiere a la autorización por parte del propietario de la
licencia para su copia, modificación y posterior distribución, contrariamente a
lo que ocurre con el software licenciado bajo los términos de los derechos de
autor.

Ahora
bien, hay que aclarar que el propietario de la licencia bajo términos de
Copyleft puede desarrollar una versión de dicho software bajo licencia sujeta a
Copyright y vender o ceder este software bajo cualquiera de estas licencias,
pero sin afectar a las licencias Copyleft ya otorgadas.
El
propietario de estas licencias puede retirar la autorización de uso de una
licencia Copyleft si lo cree oportuno, pero en ese caso está obligado a
indemnizar a los poseedores de las licencias en uso de este tipo.
Licencia de software de Freeware
Se trata
de un tipo de licencia en el que se autoriza el uso del software de forma libre
y gratuita, aunque esta sesión pueda ser bajo determinadas condiciones, como
por ejemplo que el software incluya algún tipo de publicidad o
limitación referente al tipo de usuario al que va destinada. Un ejemplo de esto
sería que se autoriza su uso a particulares, pero no a empresas o
a organismos oficiales.
Este tipo
de licencia suele incluir una cláusula en la que se especifica la prohibición
de la venta de
dicho software por parte de terceros.

El
software distribuido bajo este tipo de licencia puede ser software libre, pero
no tiene por qué serlo.
Licencia de software de Postcardware
Es un tipo
de licencia muy similar al Freeware, sólo que suele pedirse el envío de una
postal como confirmación de su utilización, aunque la utilización del programa
no suele estar supeditada al envío de esta.

Licencia de software de Donationware
Al igual
que las licencias Postcardware, la licencia Donationware se puede considerar
como una variante de la licencia Freeware.
En este
tipo de licencia se le pide al usuario el envío de un donativo para sufragar el
desarrollo del programa, si bien no se supedita ni el uso de este ni sus
opciones al envío de dicho donativo.

Licencia de software de Shareware
Es un tipo
de distribución en el que se autoriza el uso de un programa para que el usuario
lo evalúe y posteriormente lo compre. El software con licencia Shareware tiene
unas limitaciones que pueden ser de varios tipos. O bien una limitación en el tiempo de utilización o bien una limitación
en el funcionamiento de sus funciones y
opciones, pero suele tratarse de software operativo.

Los
programas que exigen registrarse para poder utilizarse plenamente se consideran
Shareware,
aunque esta licencia no implique un pago en metálico.
Licencia de software de Demo
Más que de
un tipo de licencia, en este caso se trata de la sesión de un programa para su evaluación, pero con unas fuertes limitaciones
en su desempeño. Un claro ejemplo
de esto es un programa que nos permite ver qué se puede hacer con él, pero que
no permite llevar estas acciones a su término o bien juegos que no permiten guardar las partidas o
bien programas de gestión que no permiten guardar los datos al
cerrarse.

Licencia de software de Abandonware
Se trata
de software, normalmente con bastante antigüedad, sobre el que sus creadores
han liberado el copyright o los derechos de autor. El software afectado por
este tipo de licencia suele estar descatalogado y no disponible en tiendas ni
otros canales de distribución y venta.
Este tipo
de licencia se aplica sobre todo a juegos, y si bien tuvo bastante éxito a finales de los 90 y principios de
2000, cada vez tiene menos incidencia.

Hay que
dejar bien claro que para que un programa o juego se considere Abandonware es
imprescindible que el propietario de los derechos haya cedido estos para la
distribución gratuita de los mismos y que el mero hecho de que ya no se
fabrique o que carezca de soporte técnico o no se distribuya no implica que se
pueda considerar como Abandonware.
Existen
webs especializadas en este tipo de software, que hay que aclarar que NO se
trata de software pirata, ya que cuentan con la autorización de los
propietarios de dichas licencias para distribuir estos programas.
Bien,
hemos visto los diversos tipos de licencia de software que podemos encontrar. A
este respecto hay que matizar un punto muy importante. Cuando adquirimos un
programa, sea bajo el tipo de licencia que sea, lo que adquirimos es una
licencia de uso, nunca el programa en sí, estando en todo momento sujetos a las
normas y límites que
dicha licencia indique.
Como norma
general se otorga una licencia por punto de uso, salvo que la licencia indique
específicamente lo contrario, no pudiendo ser instalado en más puntos que los
que la licencia indique.
Esto
quiere decir que si compramos un programa este SOLO lo podemos instalar en un
ordenador y no en todos los que tengamos, aunque todos sean nuestros.
Licencia de software de X.org
El
Consorcio X distribuye X Windows System bajo una licencia que lo hace software
libre, aunque sin adherirse al copyleft. Existen distribuciones bajo la
licencia de la X.org que son software libre, y otras distribuciones que no lo
son. Existen algunas versiones no-libres del sistema de ventanas X11 para
estaciones de trabajo y ciertos dispositivos de IBM-PC que son las únicas
funciones disponibles, sin otros similares que sean distribuidos como software
libre.

Licencia de software de fuentes abiertas / o código abierto

Según la filosofía de la Open Source Initiative, y en el
que la licencia cumple los siguientes criterios:
1. Libre
distribución.
2.
Distribución del código fuente.
3. La
licencia debe permitir la modificación del código fuente, los desarrollos
derivados y su redistribución en las mismas condiciones que el software
original.
4.
Integridad del código fuente del autor. La licencia puede imponer que los
desarrollos derivados se redistribuyan con un nombre diferente o con un número
de versión diferente de aquél del software original.
5. La
licencia no debe ser discriminatoria de persona alguna o grupos de
personas.
6. La
licencia no debe restringir la utilización del software a campos de dominio o
actividad.
7. Los
derechos otorgados al programa deben ser aplicables a todos aquellos a quienes
el software es redistribuido sin imponer condiciones (licencias)
complementarias.
8. Los
derechos otorgados a un programa no deben depender del hecho de que forme parte
de una distribución de software específica. Si el software se extrae de una
distribución y se distribuye en el marco de las condiciones que establece la
licencia de distribución, todos aquellos a quienes se les redistribuye el
software deben gozar de los mismos derechos y condiciones otorgados a la
distribución original.
9. La
licencia no debe imponer restricciones en otro software que se distribuya junto
con la distribución licenciada. Por ejemplo, la licencia no debe insistir en
que todos los programas distribuidos en un mismo soporte sean software de
fuentes abiertas.
10. La
licencia debe ser neutral en relación con la tecnología.
Seguro que
se me ha olvidado algún modelo de licencia, porque al final cada uno
decide como quiere explotar su obra después de crearla, y dependiendo de la
finalidad que persiga escogerá un modelo u otro. No creo que unos sean mejores
que otros, ya que dependerán de su adaptación a lo que uno quiere, hay muchas
posibilidades, casi infinitas, y con el tiempo irán apareciendo nuevos modelos de licencia, que a fin decuentas, no es más que plasmar jurídicamente
el modelo de negocio que uno haya elegido, y, de esto estoy convencido, es que
uno debe ser libre de elegir lo que desee y hay que estar abiertos a todas las
posibilidades.
Licencia de software de código abierto permisivas
Se puede
crear una obra derivada sin que ésta tenga obligación de protección alguna.
Muchas licencias pertenecen a esta clase, entre otras:
? Academic
Free License v.1.2.
? Apache Software License v.1.1.
? Artistic License v.2.0
? Attribution Assurance license.
? BSD License.
? MIT License.
? University of Illinois/NCSA Open Source License.
? W3C Software Notice and License.
? Zope Public License v.2.0
? Open LDAP License v.2.7
? Perl License.
? Academic Free License v.3.0
? Python License v.2.1
? PHP License v.3.0
? Q Public
License v.1.0

Licencia de software de código abierto robustas
Estas
licencias aplican algunas restricciones a las obras derivadas, haciendo que según el grado de
aplicación se puedan dividir a su vez en dos subcategorias:

Licencias de software de código abierto robustas fuertes
Las
licencias de software de código abierto robustas fuertes o con copyleft fuerte,
contienen una cláusula que obliga a que las obras derivadas o modificaciones
que se realicen al software original se deban licenciar bajo los mismos
términos y condiciones de la licencia original.

Entre las
licencias de esta categoría están:
? Common Public License v.1.0.
? GNU General Public License v.2.0.
? GNU General Public License v.3.0.
? Eclipse Public License.
? eCos License v.2.0
? Sleepycat Software Product License.
? Affero License v.1.0
? Affero License v.2.0
? OpenSSL
License.
Licencias de software de código abierto robustas débiles
Las
licencias de software de código abierto robustas débiles, con copyleft
débil/suave o híbridas, contienen una cláusula que obliga a que las
modificaciones que se realicen al software original se deban licenciar bajo los
mismos términos y condiciones de la licencia original, pero que las obras
derivadas que se puedan realizar de él puedan ser licenciadas bajo otros
términos y condiciones distintas.

Entre las
licencias de esta categoría están:
? GNU Lesser General Public License v.2.1.
? Mozilla Public License
? Open Source License.
? Apple Source License v.2.0
? CDDL.
? EUPL.
Licencia de software de código cerrado
Estas
licencias también se conocen con el nombre de software propietario o privativo.
En ellas los propietarios establecen los derechos de uso, distribución,
redistribución, copia, modificación, cesión y en general cualquier otra
consideración que se estime necesaria.
Este tipo
de licencias, por lo general, no permiten que el software sea modificado,
desensamblado, copiado o distribuido de formas no especificadas en la propia
licencia (piratería de software), regula el número de
copias que
pueden ser
instaladas e incluso los fines concretos para los cuales puede ser utilizado.
La mayoría de estas licencias limitan fuertemente la responsabilidad derivada de fallos en el programa.

Los
fabricantes de programas sometidos a este tipo de licencias por lo general
ofrecen servicios de soporte técnico y actualizaciones
durante el tiempo de vida del producto.
Algunos
ejemplos de este tipo de licencias son las llamadas CLUFs: Contrato de Licencia
para Usuario Final o EULAs: End User License Agreement, por sus siglas en Inglés.
Licencia de software de privativo
El
software privativo es software que no es libre ni semilibre. Su uso,
redistribución o modificación está prohibida, o requiere que usted solicite
autorización o está tan restringida que no pueda hacerla libre de un modo
efectivo.

Licencia de software de Comercial
El
software comercial es software que está siendo desarrollado por una entidad que
tiene la intención de hacer dinero del uso del software. Comercial y
privativo ¡no son la misma cosa! La mayoría del software comercial es privativo
, pero hay software libre comercial y hay software no libre no comercial.

Licencia de software de OEM
Se trata
de un tipo de licencia que supedita su venta a que esta debe ser como parte de
un equipo nuevo, estando prohibido venderlos si no es bajo esta condición.
Aunque afecta más que nada a sistemas operativos,
también puede afectar a otro tipo de software.
Aunque el
software comprado bajo este tipo de licencia implica la propiedad del mismo por parte del que la compra
los fabricantes pueden poner ciertas limitaciones a su uso, como el número
máximo de veces que se puede reinstalar.
Se trata
de software plenamente operativo y exactamente igual a las versiones Retail del
mismo, aunque en el caso de que se ofrezca algún extra en la versión Retail en
concepto de Bonus pack los fabricantes no están obligados a ofrecerlo también
en las versiones OEM.
Los
programas adquiridos bajo este tipo de licencia NO se pueden vender ni ceder a
terceros, salvo en las mismas condiciones en las que se compraron (es decir,
como parte de
un
equipo).

Licencia de software de Retail
Son las
versiones de venta de software. En este caso el programa es de la entera
propiedad del usuario, pudiendo este cederlo libremente a terceros o venderlo.

Licencia de software de volumen
Es un tipo
de licencia de software destinado grandes usuarios (empresas), normalmente bajo
unas condiciones similares a las de las licencias OEM, aunque sin estar
supeditadas a equipos nuevos.
Básicamente
se trata de estipular un determinado número de equipos que pueden utilizar el
mismo código de licencia, quedando el fabricante de dicho software autorizado
para hacer las comprobaciones que considere oportunas para ver que las
licencias que se están utilizando son las adquiridas.
Normalmente
estas licencias se venden en paquetes de x número de licencias, por ejemplo en
paquetes de 25 licencias como mínimo.
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